Plantean Maribel Galván perseguir violación de oficio

Maribel Galván en tribuna. Foto: Cortesía

Por Ágora Digital/// Redacción

  • Conocen diputadas y diputados, terna para designación de Magistrada
  • Plantean reforma que tiene como objetivo garantizar el derecho a la movilidad
  • Diputada Roxana Muñoz solicita su reincorporación a la LXIV Legislatura

Zacatecas,(11-01-2022).-La diputada Maribel Galván Jiménez propuso reformar el Código Penal del Estado para que el delito de violación, dentro del matrimonio, concubinato o relación de pareja, se persiga de oficio.

Además, propuso aumentar el castigo para quien tenga relaciones sexuales con mayores de 17 años y menores de 18, obteniendo su consentimiento por medio del engaño.

Pasando de tres a seis años de prisión y multa de doscientas a trescientos sesenta y cinco cuotas a una pena de diez a treinta años de prisión y multa de doscientas a trescientos sesenta y cinco cuotas.

Para este fin, la legisladora expuso los antecedentes y motivos necesarios para reformar el último párrafo del artículo 236 y la fracción IV del artículo 237 del Código Penal para del Estado.

La coordinadora de la Fracción Legislativa del Movimiento de Regeneración Nacional (morena) recordó que el primero de junio de 2016, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Penal entre ellas esos artículos.

Aunque esto representó un avance en la defensa, reconocimiento y protección de los derechos de las víctimas de estos delitos, principalmente las mujeres con el reconocimiento de la violación cuando esta sucede entre cónyuges, concubinos o parejas.

Toda vez que anteriormente no se reconocía como tal, bajo el argumento del débito carnal entre los miembros de un matrimonio, según criterios retrógrados y contrarios a la libertad como premisa básica de cualquier democracia.

Sin embargo, en esa reforma se estableció que, para tales efectos, era necesaria la querella de parte, lo cual es materia de esta iniciativa.

Por otra parte, el artículo 237 fue modificado para incluir como un tipo de violación a lo que antes era concebido como estupro. Cabe señalar que Zacatecas es de las pocas entidades que han optado por suprimirlo como tal y considerarlo como una modalidad de violación.

Lo que implica una reacción más fuerte del Estado ante las agresiones sexuales de las personas adolescentes, lo cual debe ser valorado desde una perspectiva de género y de protección al interés superior del menor.

Es importante señalar, subrayó la diputada, que la edad que se consigna en la fracción IV del artículo en cuestión, resulta contradictoria con la establecida en la fracción primera del mismo artículo, razón por la cual es necesaria su armonización.

Así, durante su participación, la diputada planteó la necesaria querella para la persecución penal del delito de violación cometido entre cónyuges, concubinos o la pareja, es importante señalar que reporta determinadas consecuencias que pueden ser nocivas para la plena protección de los derechos de las mujeres.

Por otra parte, indicó que es necesario que reconocer que en la iniciativa que transformó el delito de estupro en violación equiparada no se alegó nada respecto a la punibilidad, la cual debe estar en concordancia con el espíritu de esa reforma, que era proteger de manera mucho más enérgica a las infancias.

Siendo que ya que no resulta lo suficientemente útil el sólo hecho de integrar la fracción IV del artículo 237 como una forma de violación más si no se armoniza con la punibilidad que corresponde a un delito de naturaleza sexual, especialmente porque se comete en contra de menores.

Expuesto lo anterior, la abogada fresnillense propuso reformar el último párrafo de artículo 236, para que al texto ya existente, que dice: “Si entre el activo y el pasivo de la violación existiera un vínculo matrimonial, de concubinato o relación de pareja, se impondrá la pena prevista en el párrafo primero del presente artículo”, se agregue: “Este delito se perseguirá de oficio”.

Mientras que la reforma a la fracción IV del artículo 237 aumentaría el castigo expuesto en el mismo, quedando de la siguiente forma:

“A quien tenga cópula con persona mayor de dieciséis años y menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio del engaño, se le aplicará de ‘diez a treinta’ años de prisión y multa de doscientas a trescientos sesenta y cinco cuotas”.

A la propuesta de reforma presentada por la diputada se adhirieron las diferentes fracciones parlamentarias representadas en el Congreso Local. La iniciativa se turnó para su estudio y dictamen a la Comisión Parlamentaria de Justicia.

Reciben propuesta de terna del TSJEZ

Durante la sesión de hoy se hizo del conocimiento de la Asamblea el comunicado remitido por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas Arturo Nahle García, mediante el cual se notifica la integración de la terna para la elección de quien fungirá como Magistrada del Tribunal Especializado en Justicia para Adolescentes, luego de que la Magistrada Julieta Martínez Villalpando ha cumplido 14 años en el cargo y ha expresado su decisión de jubilarse.

La terna propuesta por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado se integra por Olivia Carlos Hernández, Ruth Lucio Sánchez y Liliana Velázquez Orozco.

Garantizar el derecho a la movilidad

La diputada Analí Infante Morales consideró necesario adecuar algunas disposiciones de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, con la finalidad de construir desde una visión oportuna y acorde con la realidad zacatecana, un modelo confiable y amigable con la ciudadanía, mediante un marco legal que garantice la protección de los derechos de quienes participan en la materia de movilidad.

Por lo anterior, y con el objetivo de instaurar las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, la diputada Infante Morales propuso reformar la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado, para adicionar el artículo 21 bis, homologando la legislación local con el artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que señala la obligación que tienen los estados y municipios de instituir medidas mínimas de tránsito, así como su aplicación y supervisión de éstas, atendiendo y salvaguardando la seguridad, protegiendo la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos, bajo el principio de que toda muerte o lesión por siniestros de tránsito es prevenible.

Solicitud de reincorporación

Ante las y los diputados integrantes de la Comisión Permanente se presentó la correspondencia recibida, entre la que se encuentra el escrito remitido por Roxana del Refugio Muñoz González, Diputada Propietaria de la LXIV Legislatura del Estado de Zacatecas, quien solicita se lleve a cabo el procedimiento previsto para la reincorporación inmediata de la suscrita a las actividades legislativas.

En el apartado de asuntos generales se inscribieron el diputado Enrique Laviada Cirerol y la diputada Priscila Benítez Sánchez.

Finalmente, la diputada presidenta de la Comisión Permanente Priscila Benítez Sánchez, dio por clausurada la sesión, y citó para el martes 17 de enero a las 11:00 horas a la siguiente jornada de trabajos legislativos.

Mesa directiva electa